Devolución de impuestos de cuarta o quinta categoría
Si eres trabajador independiente o estás en planilla y, tras la determinación anual del Impuesto a la Renta (IR), tienes un saldo a tu favor, puedes solicitar su devolución. Para ello, asegúrate de cumplir con los requisitos de deducción de gastos, como consumos en restaurantes, alquileres, honorarios médicos y aportaciones a Essalud. La devolución puede ser solicitada inmediatamente después de presentar tu Declaración Anual o puede ser determinada automáticamente por la SUNAT.
Requisitos Exactos
- Consumo en restaurantes, bares y hoteles: puedes deducir el 15% de tus consumos hechos en bares, restaurantes y hoteles por los años 2023 - 2025. Para obtener este beneficio, debes exigir una boleta de venta electrónica con tu número de DNI o RUC al negocio. Si la compra es mayor a S/ 2,000.00 o US$ 500.00, deberá ser bancarizada.
- Gasto de alquileres: podrás deducir hasta el 30% del costo de tu alquiler, presentando a la SUNAT los recibos de arrendamiento o factura electrónica, dependiendo si el arrendador genera rentas de primera o de tercera categoría.
- Honorarios profesionales de médicos y odontólogos: podrás deducir el 30% del pago a médicos y odontólogos por el cuidado de tu salud, de tus hijos menores de 18 años, de hijos mayores de edad con discapacidad registrada en el CONADIS o tu cónyuge o concubina(o) en la parte no reembolsable por seguros.
- Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría: puedes deducir el 30% de lo que le pagues durante el 2025 a cualquier persona natural que ejerza una profesión u oficio de manera independiente y emita recibo por honorario electrónico.
- Aportaciones a Essalud por contratar trabajadores del hogar: deberás probar este gasto con el formulario 1676 que la SUNAT entrega a los empleadores o el documento virtual que sustenta este pago.
Paso a Paso
- 1
Para devolución de parte: podrás solicitarla inmediatamente después de presentar tu Declaración Anual, mediante el formulario virtual N° 1649 y elegir una de las 3 formas de devolución: depósito en cuenta bancaria, orden de pago o cheque (montos a devolver mayores a 10 UIT).
- 2
Para devolución de oficio: la SUNAT determina automáticamente si tienes un saldo a favor y hará el depósito directamente en la cuenta de ahorros que hayas registrado, sin que realices ninguna solicitud.